Las causas
de suspensión de un contrato de trabajo, según el artículo 51 del Código
Sustantivo del Trabajo, son:
1. Caso
Fortuito, que es según la Ley 95 de 1890, es el imprevisto que no se puede
resistir, como un naufragio, terremoto, el apresamiento de enemigos, y los
autos de autoridad ejercidos por un
2.
Inhabilidad del contratista o muerte: Al morir el contratatante o
contratatista, nadie lo va remplazar por ser una actividad personal.
3. Por
suspensión de actividades, por causas económicas autorizaadas por el ministerio
de Protección social, esto quiere decir, que la empresa cae en insolvente, es
decir, que tiene más deudas que ingresos.
4. Por
licencia o permiso temporal del empleador a empleado.
5. Por ser
llamado a Servicio Militar, en este caso el empleador tiene que conservar el
empleo después de 30 días de terminar el servicio.
6. Por
detención Preventivo, que no exceda de ocho días por cuya causa no justifique
la terminación del contrato.
7. Por
Huelga prevista por la Ley: Tal como lo indica la Sentencia C- 1369 de 2000, la
Huelga implica, en razón de su propia naturaleza, que a los trabajadores les
asiste el derecho para suspender en forma colectiva y temporal la prestación de
servicios que se encontraban obligados en virtud de su vínculo de trabajo.
Ahora bien,
para reanudar el trabajo, el empleador debe avisar en un Periódico de amplio
conocimiento nacional, dando un plazo de 5 días Laborales para que retorne al
trabajo el trabajador.
Esta
suspensión trae como consecuencia, tal como lo indica el artículo 53, se
interrumpe para el trabajador la obligación de prestar el servicio determinado,
y para el empleador pagar los salarios durante esos lapsos.
Ahora bien,
tal como se indico en la anterior clase, un contrato de trabajo es una persona
natural que se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o
jurídica, por lo tanto genera obligaciones por parte del empleador y empleado.
Obligaciones
del empleador:
1. Poner las
materias primas necesarias para la ejecución de actividades: El empleador debe
garantizar todos los elementos necesarios para que el trabajador pueda
desarrollar los servicios en que le fueron contratados.
2. Procurar
los elementos de protección que garanticen protección y salud: Además de
garantizar los medios para el trabajador, se debe garantizar la vida, la salud,
la integridad y trabajo digno.
3. Prestar
inmediatamente Primeros Auxilios: En Caso de accidente, que se ponga en peligro
la vida del trabajador, el empleador debe prestar inmediatamente los primeros
auxilios mientras llega una unidad de salud.
4. Pagar la
Remuneración Pactada en los lugares y fechas establecidas: Cumplir con las
cláusulas de contrato de trabajo.
5. Respetar
la Libertad de Creencias, dignidad y sentimientos: El empleador no puede
obligar al trabajador a pensar, sentir y creer en lo que determine el
empleador.
6. Conceder
Licencias de Permiso al trabajador: Licencias de Maternidad, licencias para el
ejercicio del sufragio, en caso de grave calamidad doméstica.
7.
Certificación del tiempo de Servicio: Debe determinar para las otras empresas
interesadas en los servicios del trabajador, cuanto tiempo laboro en la
empresa.
8. Pagar los
gastos de Ida y vuelta del trabajador: En caso que el empleado gane menos de
dos salarios mínimos, el empleador debe garantizar un auxilio de Transporte,
para este año 67800.
9. Cumplir
el Reglamento y Respetar las Leyes: Todo ser humano debe respetar la Ley por
que no hya nadie superior a la Ley.
10. Licencia
Remunerada por Luto de Cónyuge: Además el empleador debe pagar los costes de
entierro.
11. Conceder
Licencia de Maternidad.
Obligaciones
para el Trabajador.
1. Realizar
personalmente la Labor: Ninguna Persona puede reemplazar a otra persona en la
labor realizada por ella.
2. No
comunicar con terceros sus actividades personales.
3. Conservar
y restituir en buen Estado los útiles que le fueron prestados.
4. Guardar
la moral con sus compañeros.
5. Comunicar
Oportunamente el empleado, las observaciones conducentes.
6. Prestar
la colaboración posible en riesgos siniestros.
7. Observar
con suma diligencia las enfermedades Profesionales.
Ahora bien,
a partir de un contrato laboral se originan obligaciones y derechos, pero
también Prohibiciones.
Prohibiciones
a los empleadores.
1. Retener
los salarios de los trabajadores salvo en las siguientes excepciones:
deducciones, retenciones o compensaciones y las cooperativas pueden ordenar
hasta el 50% de los salarios de los trabajadores.
En relación
con Pensiones de Jubilación, indica la Corte Constitucional en su sentencia
C-247 DE 2001, los dineros que el empleador retiene como contribución al
sistema de Seguridad Social, deben ser entregados a la EPS a la que fue
afiliado el trabajador.
2. Obligar
en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en
almacenes o proveedurías que establezca el empleador: El trabajador es libre de
comprar mercancías o víveres donde el desee sin que el empleador lo obligue.
3. Exigir o
aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se le admita en el
trabajo o por otro motivo cualquiera: No se aceptan sobornos.
4. Limitar o
presionar al trabajador en el ejercicio de su Derecho de Asociación: Cualquier
ciudadano tiene derecho de libre asociación cuando quiera y como lo quiera.
5. Imponer
al trabajador obligaciones de carácter religioso o Político: Todo ciudadano
tiene derecho a libre pensamiento y creencia sin que nadie lo obligue.
6. Hacer
Propaganda Política: Tal como se indicaba en anterior inciso, el empleado no
puede obligar al trabajador a votar por un determinado candidato.
7. Hacer
rifas o colectas.
8. No hacer
lista negra, y dañarle la imagen.
Prohibiciones
del trabajo:
1. Robar
útiles del taller.
2.
Presentarse en estado de embriaguez.
3. Conservar
Armas.
4. Faltar al
trabajo sin justa causa.
5. Disminuir
el tiempo de trabajo.
6. Hacer
colectas.
7. Cohibir a
trabajar o no.
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